Código de Ética

Código de Ética

Promulgado por la Junta Nacional de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú, con fecha 14 de abril de 2012.

PREÁMBULO
La abogacía como profesión liberal, cumple una función social al servicio del Derecho y la Justicia, siendo su objetivo esencial la convivencia social de los hombres como fuente fecunda de paz, libertad, progreso y bienestar general y cuya acción no se limita al solo éxito de la causa que patrocina o de la función que cumple en el órgano jurisdiccional o en una entidad pública o privada, sino que busca conseguir que la convivencia social sea fuente fecunda de paz, libertad, progreso y bienestar general, lo que implica cumplir deberes con la comunidad, con los colegas y consigo mismo, que si bien interesan a la propia dignidad, pero influyen de manera indirecta en el prestigio de esta noble profesión. Por tanto, la abogacía requiere un profundo conocimiento de la jurisprudencia, las leyes y el procedimiento de los tribunales, que se fundamentan en una tradición común de dignidad y de honor en la conducta del abogado, en la libertad de su ejercicio profesional y en un acentuado sentido de responsabilidad ante la sociedad, los clientes y los órganos jurisdiccionales. En la formación y en el ejercicio profesional se reúnen un conjunto de principios, normas éticas y códigos deontológicos que las instituciones estamos obligadas a elaborar y difundir en los Colegios de Abogados del Perú. Por ello, la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú, ha aprobado en su Asamblea General Extraordinaria de la ciudad de Puno, el 24 de febrero del 2012, el Código de Ética del Abogado, elaborado por la Comisión Encargada de la Redacción del Código de Ética del Abogado de la Junta de Decanos, en base al Código Voluntario de Buenas Prácticas del Abogado de la Red Peruana de Universidades, así como del Proyecto de Código de Ética y Responsabilidad del Profesional en Derecho, producido por un centenar de abogados, donde además participaron el Grupo de Estudio sobre Temas de Ética y Responsabilidad Profesional del Abogado de asociaciones de estudiantes de Derecho, así como estudios jurídicos del país. Por tanto, el Código de Ética del Abogado, es el fiel reflejo de varios años de trabajo de docentes y estudiantes de Derecho de las universidades, de estudios de abogados del país y el aporte de los decanos miembros de la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú. Es bajo estos principios y orientaciones que se promulga el CODIGO DE ÉTICA DEL ABOGADO, como un instrumento único a nivel nacional, con el firme propósito de que sea una norma eficaz para el mejor ejercicio profesional de los abogados del país.

 Ica, 14 de abril del 2012.

 

Dr. Raúl Chanamé Orbe
Presidente de la Junta de Decanos de los Colegios de Abogados del Perú
Decano del Colegio de Abogados de Lima


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